"Aquel género de pecado que se llama usura, y tiene su propio
asiento y lugar en el contrato del préstamo, consiste en que por razón del
préstamo mismo, el cual por su propia naturaleza sólo pide sea devuelta la
misma cantidad que se recibió, se quiere sea devuelto más de lo que se recibió,
y pretende, por tanto, que, por razón del préstamo mismo, se debe algún lucro
más allá del capital. Por eso, todo lucro semejante que supere el capital, es
ilícito y usurario."
Encíclica Vix pervenit